Autor: Firma invitada
octubre 31, 2017

Para según qué cosas y frente a hechos consumados que necesitan reconducirse hacia su estado anterior, me daréis la razón en que no es del todo agradable situar al sujeto en la biografía del acto, en el tracto del acto, y menos si este es delictivo.

Mediaban las 11,15 de la mañana y tras tres horas comparando parcelas registrales con parcelas catastrales, fijando las discrepancias y las concordancias y, ya casi, con el expediente medio enfilado para y, entre otras cosas, coordinar, decidimos hacer un inciso para el café, y cuando ya estábamos medio recogiendo para salir entra Claricia diciéndonos que tenemos a una delincuente en la oficina.

¿Con pistola? ¿Viene sola o acompañada? ¡Dile que la Guardia Civil está a la vuelta de la esquina!

Menos cachondeo que no he visto cosa semejante en toda mi vida registral, que no entiendo nada, que hay una señora ahí fuera que dice que quiere vender su casa, que tiene comprador, pero que no puede porque está a nombre de otra que no es ella pero que sí lo es, porque es ella la que pagó la casa, explica Claricia.

Más despacio, por favor.

Y entonces Claricia nos resume el caso:

En el año 2007 una mujer de nombre Anastasia de nacionalidad extranjera visita España con su amiga de la infancia, Alegría Alejandra y como no es de extrañar, sucede lo que tiene que suceder: que se enamora y por este orden, de la tortilla de patatas, del jamón de bellota, del flamenco, de las costas, de la Alhambra, del Madrid de los Austrias, de la Maestranza, del Reina Sofía, de la Campiña y de dos señores jerezanos. Regresa a su país e inicia los trámites en una segunda visita para solicitar un permiso de residencia que le es denegado. Pero puede más el amor en conjunto reconocido y suplantando la identidad de su amiga de la infancia fallecida en accidente en su país tras el primer viaje, ni corta ni perezosa decide hacerse parecida a su amiga y en vez de llamarse Anastasia pasar a ser Alegría Alejandra volviendo por segunda vez a la tierra de sus amores.

Pues bien, Anastasia de origen, Alegría Alejandra en su nueva vida, matrimonia por segunda vez, bueno por primera, porque su difunta amiga nunca matrimonió, y es que al respecto pensaba que un marido para toda la vida tiene que ser una apuesta al aburrimiento, con todos los hombres que hay en el mundo –allá razones de cada cual…- y juntos, estrenando una nueva vida, tras la luna de miel, compran una casita en una loma jerezana y con sujeción a su régimen matrimonial aplicable.

El caso es que, y no sabemos la razón, a la vuelta de uno de sus regresos a su país, al llegar a Madrid, es detenida, juzgada y condenada por un delito previsto y penado en el artículo 401 del Código Penal, cuyo tenor literal dice: “El que usurpare el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años”.

El tiempo de la impostura terminó y con él llegó la condena a seis meses de prisión y la multa, luego el divorcio, la liquidación de gananciales y casi todo junto al Registro de la Propiedad, y casi todo junto, porque de los hechos consumados nada se dice y en el Registro, quién consta como titular en pleno dominio con sujeción a su régimen matrimonial aplicable es doña Alegría Alejandra del Verde Prado, titular del N.I.E., …. Pero la que vende es doña Anastasia Dulce Delincuente.

tracto notariabierta

Y aquí la tenemos, a las ya casi 12 de la mañana, sometida al tercer grado registral de un servidor, pidiéndole soluciones a los impedimentos que pone, según ella, la Institución registral, porque ella no ha hecho nada malo, solo enamorarse de España, que lo de actuar en nombre de su amiga no fue para tanto, que ya se lo dijo al juez, todo lo más una boludez… que se regresa su país y que quiere zanjar los amores, los buenos, los malos y los que la trajeron aquí: el jamón de bellota, la tortilla de patatas… y así dilapidar la fortuna que su difunto marido le dejó tras comerciar con unos asturianos dedicados a la minería y unos gallegos dedicados a la captura de pulpo en las Islas Maldivas

Por supuesto, quiere que le expliquemos qué es eso del tracto sucesivo ininterrumpido, que ella solo entiende de tratos y que si hay que hacer un trato pues que todavía le quedan unos dólares sin fundir de la herencia de su querido ex-ex-esposo… ¡qué todo es hablarlo! y que cómo es eso de la prohibición de disponer, que a ella nunca le han anotado nada, y que siempre ha dispuesto de todo y de todos…

Hermes.

 

Segundo post que recibimos en la redacción de manera anónima y que decidimos publicar por su indudable gancho. Gracias al autor por su misteriosa participación.

Acerca del autor:

Firma invitada – ha escrito posts en NotaríAbierta.


 

 

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